Estudiantes sin titulación
El SETAI recibe estudiantes que buscan tomar cursos sin ningún interés en obtener un título. El sistema de información estudiantil de la institución, clasifica a estos estudiantes como Permiso para Tomar Clases (PTC). Los estudiantes de no grado serán aquellos estudiantes que no están interesados en obtener un título académico pero sí en tomar cursos para su propio desarrollo profesional o personal. Además, los estudiantes de no grado serán aquellos estudiantes matriculados en otras instituciones de nivel universitario que hayan sido autorizados para tomar cursos en el SETAI.
Estudiantes de no grado
Estos estudiantes podrán solicitar cualquier curso que forme parte de la oferta académica del SETAI, previa evaluación académica (si procede), disponibilidad, limitación de plazas, y en función de la normativa y/o los estándares de acreditación de los programas académicos, si los hubiere.
Aquellos estudiantes que ya cuenten con una maestría o doctorado otorgado y estén interesados en estudiar otra concentración bajo el mismo programa, pueden tomar estos cursos adicionales. Sin embargo, dado que estos cursos por sí mismos no se consideran un programa elegible, los estudiantes serán clasificados bajo la categoría de «alumno de no grado». Esto significa que se matricularán curso por curso y no serán clasificados como estudiantes regulares que persiguen un título. Por este motivo, no se les concederá otro título. Si el estudiante decide, más adelante, solicitar la admisión en un programa que conduce a un título de posgrado se puede aceptar un máximo de 12 créditos semestrales tomados bajo el PTC. Los estudiantes bajo esta categoría deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Completar y presentar la solicitud de admisión bajo el término PTC.
- Pago de cuota de admisión de USD 50.00 (no reembolsable).
- Si el estudiante está matriculado en otra institución colegiada, debe presentar evidencia de la autorización de su institución para tomar cursos en el SETAI.
- El estudiante deberá seguir las normas y procedimientos establecidos por la institución.
- Los costos por crédito y honorarios serán los mismos que se cobran a los estudiantes regulares.
Todos los estudiantes descritos anteriormente, excepto los estudiantes oyentes, recibirán créditos y una calificación final. Esto significa que tendrán que cumplir con todas las tareas y exámenes requeridos para aprobar los cursos. Si un estudiante no tiene un título conferido y desea continuar sus estudios para obtener un título universitario, deberá completar todos los requisitos para ser admitido como estudiante regular.
Estudiantes oyentes
Se refiere a todo interesado que asiste a una clase sin estar matriculado como estudiante. Aquella persona obtiene del Coordinador de la institución afiliada a la que asiste la autorización para asistir a las clases simplemente para aprender. Bajo esta categoría no obtendrá créditos ni calificaciones. Dichas personas deben asegurarse de que entienden bien todas las condiciones y consecuencias de este privilegio:
- Deben hacer los arreglos específicos con la tesorería de la institución afiliada para los gastos de hospedaje y alimentación, además de los cargos académicos de USD 200.00 por la clase más la cuota de admisión de USD 50.00 (no reembolsable).
- El estudiante en calidad de oyente no debe interferir o interrumpir la clase o llamar la atención del profesor con preguntas o comentarios. Solamente los alumnos en busca de créditos académicos tienen ese derecho.
- La cantidad máxima de estudiantes en calidad de oyentes que se puede permitir en cada clase se estudia de acuerdo al tamaño del aula y equipo disponible para comodidad de la clase.
- El profesor deberá ser consultado con respecto a la admisión y la cantidad de personas en calidad de oyentes. Hay clases que por su naturaleza impiden que se acepten estudiantes como oyentes.
- Las necesidades de los alumnos regulares tendrán siempre prioridad sobre los estudiantes en calidad de oyentes. En ningún caso se pueden satisfacer las peticiones de los estudiantes en calidad de oyentes a expensas de las de un estudiante regular.
- Los estudiantes en calidad de oyentes no son responsables por cumplir con asignaciones o tareas, monografías, investigaciones o cualquier otro requisito del curso. No presentan exámenes ni reciben calificación.
- Los cursos tomados en calidad de oyentes no cuentan como equivalentes de créditos académicos, siendo que no se han cumplido los requisitos del curso.
- El estudiante en calidad de oyente puede recibir copia de los materiales impresos distribuidos en clase, siempre y cuando cubra el costo de estos.
- No se permite a los estudiantes, tanto regular como en calidad de oyente, grabar o filmar la clase sin el consentimiento por escrito del profesor.
- Los pastores o sus esposas podrían hacer arreglos con la Asociación Ministerial que le corresponda para que se les entregue un Certificado de Educación Continua. Las 45 horas reloj de una materia de tres créditos corresponden a 4.5 unidades de educación continua (CEU).
Esta política se aplicará a los estudiantes presenciales, en línea y extranjeros. Para esta política, los estudiantes deberán cumplir con todos los requisitos del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, los Estados Unidos y su lugar de origen.